Lic. Omar Alejandro Ortiz Perez
OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL MUNICIPAL

REGISTRO CIVIL

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LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO

Disposiciones generales

Suprema Corte de Justicia de la Nación (09 de marzo de 2024).
LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO DE JALISCO.
legislacion.scjn.gob.mx

  • Artículo 1º.- El Registro Civil es una institución de orden público y de interés social por medio de la
    cual el Estado hace constar, en forma auténtica y da publicidad a los hechos y actos constitutivos,
    modificativos y extintivos del estado civil de las personas.
  • Artículo 2º.-El Registro Civil es público, por ello toda persona puede solicitar copias o extractos certificados de las actas del estado civil así como de los documentos archivados y de las constancias de todo lo referente a la función propia de la Institución.
  • Los certificados de actas y documentos impresos vía electrónica mediante las plataformas habilitadas para tal efecto que autorice el Estado o que mediante convenios valide con la Federación o las entidades federativas derivadas de la Base de Datos Nacional del Registro Civil, gozarán de valor pleno y deberán ser admitidos por las instancias públicas o privadas, siempre y cuando se desprendan de la impresión respectiva, los elementos de seguridad mediante los cuales se convalide la información y datos asentados.
  • Artículo 3.- Serán norma supletoria de las disposiciones de esta ley la legislación general y estatal de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, el Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles, ambos del Estado de Jalisco.

(Suprema Corte de Justicia de la Nación, 2024 )

Conoce aquí los requisitos y costos de los distintos trámites disponibles.
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COSTO DEL TRÁMITE: $311.00

 

1.- Acta de nacimiento del niño (original y reciente; 1 año de vigencia)

2.- Acta de matrimonio de los padres o actas de nacimiento (original y recientes).

3.- Original y copia de la cartilla de vacunación.

4.- Copia de la CURP y credencial de elector vigente de los padres y de 2 testigos.

5.- Copia de la curp de los abuelos.

 

COSTO DEL TRÁMITE: $311.00

 

1.- Acta de matrimonio original y reciente (NO MAYOR A 1 AÑO).

2.- Apostilla (NO MAYOR A 1 AÑO).

3.- Traducción del acta de matrimonio y de la postilla realizada por un perito autorizado en México.

4.- Acta de nacimiento de los contrayentes (ORIGINAL Y RECIENTE).

5.- Copia de identificación de los contrayentes.

6.- Indispensable que se presente al menos uno de los contrayentes.

 

PERSONAS MAYORES DE 18 AÑOS.

 

1.- Fe de bautismo (ORIGINAL Y RECIENTE).

2.- Presentar existencia de registro de nacimiento (EXPEDIDA EN EL LUGAR DONDE NACIO, 1 AÑO DE VIGENCIA).

3.- Copia de la CURP y del acta de matrimonio del interesado o de los padres.

4.- Copia de la CURP y del acta de nacimiento de un hijo o de un hermano (PUEDE SER SOLO UNA PERSONA).

5.- Copia de la credencial de elector vigente del interesado o carta origen y vecindad (EXPEDIDA POR SECRETARÍA GENERAL, 6 MESES DE VIGENCIA).

 

COSTO: $1295

 

1.-Acta de matrimonio de los interesados (ORIGINAL Y RECIENTE).

2.- Actas de nacimiento de los solicitantes (ORIGINALES Y RECIENTES).

3.- Copia de la credencial de elector vigente de ambos contrayentes.

4.- Comprobante de domicilio vigente.

5.- Certificado de no propiedad a nombre de ambos (EXPEDIDO EN CATASTRO MUNICIPAL).

6.- Certificado de no gravidez (EXPEDIDO POR LA SECRETARÍA DE SALUD, 15 DÍAS DE VIGENCIA).

7.- Disolución de la sociedad legal, (ANTE UN NOTARIO PÚBLICO).

8.- No tener hijos (CONSTANCIA DE NO HIJOS EXPEDIDA POR REGISTRO CIVIL ESTATAL), o en caso de que existan, sean mayores de edad.

 

COSTO: $311.00

 

1.-Acta de nacimiento (ORIGINAL Y RECIENTE, 1 AÑO DE VIGENCIA)

2.- Apostilla (ORIGINAL Y RECIENTE, 1 AÑO DE VIGENCIA)

3.- Traducción (SOLO CON PERITOS CERTIFICADOS DE ESTE MUNICIPIO).

4.- Acta de nacimiento de 1 padre en original y del otro padre en copia, recientes (1 AÑO DE VIGENCIA).

5.- Copia de identificaión vigente (LEGIBLE) y CURP de ambos
padres.

6.- Copia de CURP o fecha y lugar de nacimiento de los abuelos.

7.- 2 testigos con copia de CURP y de identificación vigente (LEGIBLE)

1.- Copia de acta de nacimiento del finado.

2.- Copia de identificación (LEGIBLE) del finado.

3.- CURP del finado.

4.- Copia de acta de matrimonio si el finado era casado.

5.- CURP o lugar y fecha de nacimiento del cónyuge.

6.- CURP o lugar y fecha de nacimiento de los padres del finado.

7.- CURP y copia de identificaión de los testigos y declarante (LEGIBLE).

8.- Certificado medico original.

9.- Pago de derechos de sepultura.

1.- Certificado de nacimiento (ORIGINAL Y COPIA).

2.- Cartilla de
vacunación (ORIGINAL Y COPIA DE LAS PASTAS, PRIMERA PÁGINA Y ESQUEMA DE VACUNACIÓN).

3.- Copia de acta de matrimonio de los padres (FECHA RECIENTE)

4.- En caso de no estar casados presentar copia del acta de nacimiento de ambos padres (SOLO DE LA MADRE DEBERÁ SER ACTA DE NACIMIENTO RECIENTE).

5.- En caso de ser madre soltera, presentar copia del acta de nacimiento (FECHA RECIENTE).

6.- CURP y copia de la credencial de elector de ambos padres y de dos testigos (VIGENTES).

7.- CURP y copia de identificaión de los testigos y declarante (LEGIBLE).

8.- Fecha y lugar de nacimiento o CURP de los abuelos paternos, maternos y el domicilio actual.

NOTA:

ACUDIR A LA OFICINA PRESENTANDO CERTIFICADO PARA REVISIÓN, EN ESE MOMENTO SE AGENDERÁ LA CITA PARA EL REGISTRO

9.- En caso de que alguno de los padres sea menor de edad, deberá presentar carta de origen y vecindad como identificación (EXPEDIDA POR SECRETARÍA GENERAL, 6 MESES DE VIGENCIA).

10.- Al ser menor de edad alguno de los padres del bebé, deberán presentarse los padres con copia de su identificación para llenar la autorización.

11.- Si el bebé tiene más de 180 días de nacido y el nacimiento ocurrió en otro estado, deberán presentar su inexistencia de registro de nacimiento expedida en el lugar de nacimiento (1 AÑO DE VIGENCIA).

 

SOLO SE REALIZAN REGISTROS A PERSONAS QUE RESIDEN EN ESTE MUNICIPIO, PRESENTANDO PREVIAMENTE SU IDENTIFICACIÓN.

 

COSTO DE MATRIMONIO EN OFICINA: $497.00

COSTO DE MATRIMONIO A DOMICILIO: $1,480.00

 

 

LA EDAD MÍNIMA PARA CONTRAER MATRIMONIO ES DE 18 AÑOS (REFORMA AL ARTICULO 260 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO)

 

1.- Actas de nancimiento de ambos contrayentes (ORIGINALES Y RECIENTES, MENOS DE 1 AÑO DE EXPEDICIÓN)

2.- Analisis de prenupciales de ambos contrayentes (EXPEDIDOS EN EL ESTADO DE JALISCO, 15 DÍAS DE VIGENCIA)

3.- Certificado médico prenupcial de ambos contrayentes (EXPEDIDO EN
EL ESTADO DE JALISCO, 15 DÍAS DE VIGENCIA)

LEYENDA: APTO PARA CONTRAER MATRIMONIO.

4.- Copia de CURP de ambos contrayentes (FORMATO NUEVO).

5.- Copia de CURP de los padres de los contrayentes (FORMATO NUEVO) o fecha y lugar de nacimiento de los 4.

6.- Constancia de platicas prematrimoniales (EXPEDIDA POR EL DIF MUNICIPAL DE ENCARNACIÓN DE DÍAZ, 6 MESES DE VIGENCIA)

7.- Copia de la credencial de elector (VIGENTE) de ambos contrayentes.

8.- Dos testigos con copia de la credencial de elector vigente (UN TESTIGO POR CADA CONTRAYENTE Y DEBERÁN PRESENTARSE, EXCEPTO PADRES DE LOS CONTRAYENTES).

NOTA:

AGENDAR PREVIA CITA ACUDIENDO PERSONALMENTE A LA OFICINA.

9.- En caso de matrimonio anterior, presentar acta de divorcio o defunción según sea el caso (1 AÑO DE VIGENCIA).

10.- En caso de que alguno de los contrayentes sea extranjero, presentar acta de nacimiento (ORIGINAL, RECIENTE, APOSTILLADA Y TRADUCIDA, SOLO CON PERITOS CERTIFICADOS DE ESTE MUNICIPIO.
COPIA DEL PASAPORTE VIGENTE PARA ACREDITAR SU ESTANCIA LEGAL).

11.- Si alguno de los contrayentes no esta registrado en esta oficialia, presentar inexistencia de matrimonio del lugar donde este registrado (15 DÍAS DE VIGENCIA)

 

SOLO MATRIMONIOS DE CONTRAYENTES QUE VIVAN DENTRO DEL MUNICIPIO, PRESENTANDO PREVIAMENTE IDENTIFICACIÓN