Ángel Miguel Velasco García
Encargado de Padrón y licencias

Padrón y Licencias

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ATRIBUCIONES DE PADRÓN Y LICENCIAS

Artículo 213. Son atribuciones del encargado (a) de padrón y licencias:
I. Expedir permisos y licencias de giros comerciales, espectáculos e imagen urbana, así como autorizar traspasos de licencias de giro.
II. Supervisar la vigencia de los permisos y licencias.
III. Coordinar sus actividades con la Tesorería, para el procesamiento del registro del padrón de contribuyentes.
IV. Elaborar y actualizar el padrón de licencias municipales y el catálogo de giros comerciales, industriales y de prestación de servicios en el municipio.
V. Verificar y supervisar la información proporcionada en las solicitudes de licencias.
VI. Expedir, negar o refrendar licencias de giros comerciales para su funcionamiento, así como para anuncios.
VII. Registrar a las y los contribuyentes en el padrón fiscal en los términos que establece la ley hacendaria municipal, así como los movimientos en el mismo.
VIII. Dar cuenta a la presidenta o el presidente municipal de las licencias de funcionamiento de giro que proceda su revocación en los términos previstos en la ley hacendaria municipal.
IX. Proponer al Ayuntamiento, a través de la presidenta o el presidente municipal, la actualización al catálogo de giros, así como velar por su homologación.
X. Emitir autorizaciones provisionales para el funcionamiento de giros conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes, con excepción de los giros restringidos.
XI. Emitir o negar los permisos provisionales, autorizaciones o licencias para giros restringidos conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
XII. Revocar autorizaciones de licencias o trámites para la obtención de las mismas.
XIII. Implementar programas de regularización, para aquellas actividades comerciales, industriales o de prestación de servicios que no cuenten con licencias de giro y se encuentren en funciones o que contando con licencia operen un giro distinto al autorizado en la misma.
XIV. Promover la simplificación administrativa de trámites y procedimientos para la expedición de permisos, licencias, autorizaciones y demás actos administrativos necesarios para la ejecución de los programas y acciones de suelo y vivienda.

Conoce aquí los requisitos para trámites y licencias nuevas.
  • Credencial de elector.
  • Comprobante de domicilio (PREDIAL O RECIBO DE LUZ, NO MAYOR A 3 MESES).
  • Comprobante de domicilio del negocio (RECIBO DE LUZ NO MAYOR A 3 MESES).
  • Correo electrónico.
  • Copia de alta SAT (CONSTANCIA DE SITUACIÓN FISCAL).
  • Croquis de ubicación del negocio.
  • Copia de la credencial de elector.
  • Preguntar en oficina el costo $ del trámite.