Martha Elena Valderrama Morones
Jefa de adquisiciones

Jefatura de Adquisiciones

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JEFATURA DE ADQUISICIONES

Artículo 196. Son atribuciones de la Jefatura de Adquisiciones:

I. Definir, establecer y aplicar estrategias que permitan lograr los objetivos en materia de austeridad y gasto contemplados en el programa de gobierno municipal.
II. Asegurar que las adquisiciones de bienes y servicios del municipio se ajusten a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez contenidos en la normatividad aplicable, garantizando el mejor precio, calidad, garantía, oportunidad, entrega, instalación, mantenimiento y demás condiciones inherentes al bien o servicio que se pretenda adquirir.
III. Participar con el Comité de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Encarnación de Díaz en la determinación de las bases generales para las adquisiciones de bienes o servicios que requieran las dependencias municipales. Así como programar y llevar a cabo dichas adquisiciones y suministros, conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
IV. Fijar bases generales a las que debe sujetarse la Administración pública para la solicitud de insumos, servicios, equipos de cómputo y equipos especializados.
V. Recibir en coordinación con las dependencias solicitantes, los insumos, servicios, equipos de cómputo y equipos especializados de los proveedores. Adecuarlos y entregarlos a la dependencia correspondiente.
VI. Recibir las solicitudes de recursos materiales, equipo y servicios por parte de las dependencias en los términos de la normatividad aplicable.
VII. Solicitar y coordinar con las dependencias correspondientes el programa de adquisiciones anual, que satisfaga los requerimientos ordinarios y de proyectos.
VIII. Comunicar a las dependencias, los mecanismos de compra y entrega de las adquisiciones. Así como elaborar y distribuir los formatos necesarios para dar cumplimiento a todos aquellos actos relacionados con las adquisiciones.
IX. Implementar los sistemas y plataformas tecnológicas necesarias para que las sesiones de la Comisión de Adquisiciones sean transparentes y puedan ser transmitidas en tiempo real de conformidad con la legislación aplicable.
X. Elaborar y mantener actualizado el Registro de Proveedores, integrando el expediente correspondiente, para su resguardo y consulta.
XI. Generar y mantener vínculos con las cámaras y cúpulas correspondientes, así como las dependencias del Gobierno municipal, para fomentar el desarrollo de Proveedores, apoyando a las pequeñas y medianas empresas locales.
XII. Informar a la Síndica o el Síndico, a la Contralora Ciudadana o al Contralor Ciudadano, las irregularidades detectadas en el manejo de los bienes municipales, para que se proceda conforme a derecho.
XIII. Elaborar los formatos oficiales de las cartas de resguardo respecto de los bienes muebles. Así como los formatos mediante los que se designe al responsable de supervisión en el caso de bienes inmuebles municipales. Es responsabilidad de las dependencias el llenado, custodia y actualización de la misma. Las cartas únicamente pueden ser devueltas a las dependencias o destruidas en su caso, cuando sea reintegrado físicamente el bien objeto de la misma y se verifique que su deterioro es el que corresponde a su uso normal y moderado.
XIV. Establecer los mecanismos que faciliten el acceso del público a los medios de denuncia y cooperación, para evitar el uso indebido del patrimonio municipal y coadyuvar a su mejor conservación y eficaz aprovechamiento.
XV. Planear y llevar a cabo los sistemas que se juzguen adecuados para proteger física y legalmente el patrimonio municipal, coordinándose para ello con el resto de las dependencias municipales.